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Institucional

 
  
       
  
    
      

El día 22 de agosto de 2007 fue sancionada por el Honorable Congreso de la Nación Argentina la Ley 26286, mediante la cual se crea el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARÍTIMA (IUSM), un anhelado proyecto de la Prefectura Naval Argentina que materializa el reconocimiento de la formación superior de sus recursos humanos.

La Prefectura es la autoridad marítima Argentina en virtud de las funciones que desempeña en el ejercicio de las obligaciones del país como Estado de abanderamiento y como Estado rector del puerto para: el registro de buques y control de condiciones de seguridad de la navegación en aguas jurisdiccionales; la salvaguarda y verificación de la navegabilidad y condiciones de seguridad de los buques, incluyendo, reglas de construcción, plantas propulsoras, dispositivos y medios de salvamento, radio-comunicaciones marítimas, transporte de mercancías, normas sobre buques nucleares, buques transportadores de pasajeros y control de las actividades portuarias.

La Prefectura también cumple funciones en el campo de la seguridad pública y como policía auxiliar judicial, aduanera, pesquera, migratoria, sanitaria (prevención y lucha contra delitos y contravenciones de competencia federal), jurisdicción administrativa de la navegación y función de policía ambiental en aguas de competencia nacional.

En este marco, la Prefectura ha adecuado el funcionamiento de su sistema educativo a la normativa vigente en materia de educación superior, asegurando las condiciones para garantizar una oferta académica universitaria en sus áreas de competencia: Protección Marítima y Portuaria, Seguridad de la Navegación, Protección del Ambiente Marino y Seguridad Pública. De esta manera, en el IUSM se dictan carreras de pregrado, grado y posgrado a través de las Unidades Académicas que lo integran.

La puesta en marcha del Instituto se ha convertido, no solo en un ámbito para la formación e investigación en los campos ya mencionados, sino además, en un espacio para crear y difundir un estado de conciencia de los valores compartidos socialmente y sobre temas críticos para la comunidad en su conjunto.

      
      

El Instituto Universitario de Seguridad Marítima tiene como MISIÓN:

  • Conformar una estructura académica de nivel universitario para formar profesionales y técnicos en las áreas de Seguridad propias del campo de acción de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA (PNA), abierta a las propias demandas y con ofertas para otras instituciones de Seguridad, nacionales y extranjeras, así como para todos los miembros de la comunidad interesados;
  • Realizar investigaciones científicas y técnicas en el campo de la seguridad marítima y la seguridad pública y ciudadana y en todas las áreas que se desprendan de los campos funcionales de la PNA y ramas del saber conexas;
  • Impartir enseñanza para la formación y el perfeccionamiento continuo del personal propio y todos los estudiantes que pasen por sus claustros, con nivel de excelencia y modalidades de educación presencial, semipresencial y a distancia;
  • Conformar ofertas de posgrado abiertas a la comunidad en carreras vinculadas con los intereses marítimos de seguridad de la navegación, de protección ambiental y de seguridad pública y ciudadana;
  • Insertar al Instituto en la comunidad educativa nacional, impulsando la integración interuniversitaria nacional, regional y mundial, asociándose en redes y estableciendo mecanismos de difusión e intercambio;
  • Desplegar su ámbito de actuación en función del área jurisdiccional y operativa de la PNA, con aspiración a convertirse en referente regional e internacional en temas que le son propios.

  • VISIÓN

  • Conformarse y desarrollarse como institución universitaria que transmita y genere conocimientos de punta en temas como: Seguridad de la Navegación, Protección Ambiental y Seguridad Pública y Ciudadana, a través de sus carreras de pregrado, grado y posgrado;
  • Mantener ofertas de educación permanente que aseguren la actualización de conocimientos y competencias y se canalicen por medio de la extensión universitaria;
  • Lograr capacidad para interactuar y vincularse activamente con otras instituciones universitarias, centros académicos y organismos de investigación y desarrollo tecnológico nacionales e internacionales, para potenciar sus actividades académicas, de investigación y de relaciones con la comunidad en general;
  • Constituirse como un institución universitaria líder a nivel nacional y regional en la formación de profesionales de la Seguridad de la Navegación, Protección Ambiental y Seguridad Pública y Ciudadana.

  • VALORES

    Respeto por el Factor Humano

    Y por el potencial y posibilidades de los estudiantes para lograr un desarrollo equilibrado en su bagaje profesional y en el fortalecimiento de su ética personal en su doble rol: como ser humano solidario y como funcionario policial de una autoridad marítima Nacional.

    Carácter Pionero y Sensible

    A las transformaciones políticas y sociales que se operan en el mundo y en Argentina, de manera que pueda responder a las necesidades y requerimientos presentes en materia de conocimiento, investigación e igualdad de oportunidades, pero que también pueda desarrollar una capacidad institucional para contribuir a generar un futuro deseable para la institución y la comunidad en la que se inserta.

    Actitud Flexible y Estable

    Como institución que actúa en el tiempo y con proyección de futuro, con capacidad para reveerse y simultáneamente permanecer vigente y adecuarse a las nuevas exigencias políticas y normativas, innovando su estructura de funcionamiento sin perder su identidad, fines, propósitos, campo disciplinar y su organización esencial.

    Actitud Participativa y Participante

    Con valores democráticos, de solidaridad, cooperación y espíritu de liderazgo, abierto al trabajo en conjunto con los sectores públicos, privados y académicos.

          
          
            

    El Instituto Universitario de Seguridad Marítima de la Prefectura Naval Argentina tiene como máximo órgano de gobierno a la Junta Directiva, estableciendo su sistema de gobierno conforme su propio régimen institucional, de acuerdo con los artículos 74° y 77° de la Ley N° 24.521/95, según Decreto N° 1389/02 del Poder Ejecutivo Nacional y el espíritu del Título IV, capítulos 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Educación Superior.

          
          
            

    La JUNTA DIRECTIVA es la máxima autoridad del Instituto Universitario de Seguridad Marítima, funciona como un Órgano Colegiado de Gobierno del mismo, presidida por el Prefecto Nacional Naval, o por el Subprefecto Nacional Naval, en caso de ausencia del primero y en su carácter de Vicepresidente, según lo establece el Artículo 12, Capítulo II, Título III del Estatuto del Instituto Universitario.


    PRESIDENTE
    Prefecto General MARIO RUBÉN FARINÓN
    Prefecto Nacional Naval


    VICEPRESIDENTE
    Prefecto General JORGE RAÚL BONO
    Subprefecto Nacional Naval



    VOCALES
    Prefecto General NORBERTO NELIO NINI
    Director General de Seguridad de Prefectura Naval Argentina


    Prefecto General HUGO RAÚL GARCÍA
    Director General de Recursos Humanos y Desarrollo de la Prefectura Naval Argentina


    Prefecto General MARCELO KUMMER
    Director de Educación de la Prefectura Naval Argentina


    Dos miembros del Ministerio de Seguridad de la Nación, designados por el/la Ministro/a.

    Un representante del Ministerio de Educación de la Nación, propuesto por el/la Ministro/a de Educación, y ratificado por el/la Ministro/a de Seguridad.

    Un representante de la Comunidad Académica-Científica de reconocida trayectoria en Seguridad, designado por el/la Ministro/a de Seguridad.

    Mágister ENRIQUE ANDRÉS FONT
    Rector del Instituto Universitario de Seguridad Marítima


    Podrán participar de dicha Junta por expresa convocatoria de la misma: el Vicerrector, el Director General de Logística, los Directores del Personal; de Administración Financiera; del Material y de Planeamiento de la Prefectura Naval Argentina; y los Secretarios: Académico; de Posgrado y Educación Permanente; de Estudios e Investigaciones y cualquier otro miembro de la Comunidad Universitaria que fuese convocado.

        
       
        

    RECTOR
    Mag. ENRIQUE ANDRÉS FONT

    VICERRECTOR
    Abogado SERGIO GUSTAVO SILVA

    SECRETARÍA ACADÉMICA
    Lic. LAUTARO PEDOT

    SECRETARÍA DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMENENTE
    Lic. NORA SUSANA SEGOVIA

    SECRETARÍA DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
    Mag. PABLO EDGARDO MESA

    SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
    Prefecto Principal ANDRES MARIA NIEVAS

    SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
    Lic. ANDREA RETAMAL HOFMANN

    SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
    Prefecto ALEJANDRA TISSIERES

    En este espacio podrás encontrar toda la normativa, que regula el funcionamiento del Instituto Universitario de Seguridad Marítima.


    Leyes y Decretos

    DECRETO N°1389 del 02 de agosto de 2002 | Poder Ejecutivo Nacional
    Se autoriza a la Prefectura Naval Argentina a la creación del Instituto Universitario de Seguridad Marítima. Publicado en el Boletín Oficial N°29956 del 06 de agosto de 2002.


    LEY N° 26.286 del 22 de agosto de 2007 | Poder Ejecutivo Nacional
    El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con Fuerza de Ley, la Creación del Instituto Universitario de Seguridad Marítima (IUSM). Publicado en el Boletín Oficial N°31239 del 14 de septiembre de 2007.


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    Resoluciones

    ESTATUTO ACADÉMICO del 15 de mayo 2003 | MECYT
    Aprobado por Resolución N°781 del 15 de mayo de 2003 por el entonces Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Publicado en el Boletín Oficial N° 30159 del 28 de mayo de 2003.


    Reglamentos

    REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA
    IUSM PNA 3-001


    REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE
    IUSM PNA 3-002


    NORMAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE HABERES CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DOCENTE
    IUSM PNA 3-003


    REGLAMENTO ACADÉMICO
    IUSM PNA 3-004


    REGLAMENTO DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS PARA EL PERSONAL DOCENTE
    USM PNA 3-006


    REGLAMENTO DE REVÁLIDA PARA EL PERSONAL DOCENTE
    IUSM PNA 3-007