El día 22 de agosto de 2007 fue sancionada por el Honorable Congreso de la Nación Argentina la Ley 26286, mediante la cual se crea el INSTITUTO UNIVERSITARIO DE SEGURIDAD MARÍTIMA (IUSM), un anhelado proyecto de la Prefectura Naval Argentina que materializa el reconocimiento de la formación superior de sus recursos humanos.
La Prefectura es la autoridad marítima Argentina en virtud de las funciones que desempeña en el ejercicio de las obligaciones del país como Estado de abanderamiento y como Estado rector del puerto para: el registro de buques y control de condiciones de seguridad de la navegación en aguas jurisdiccionales; la salvaguarda y verificación de la navegabilidad y condiciones de seguridad de los buques, incluyendo, reglas de construcción, plantas propulsoras, dispositivos y medios de salvamento, radio-comunicaciones marítimas, transporte de mercancías, normas sobre buques nucleares, buques transportadores de pasajeros y control de las actividades portuarias.
La Prefectura también cumple funciones en el campo de la seguridad pública y como policía auxiliar judicial, aduanera, pesquera, migratoria, sanitaria (prevención y lucha contra delitos y contravenciones de competencia federal), jurisdicción administrativa de la navegación y función de policía ambiental en aguas de competencia nacional.
En este marco, la Prefectura ha adecuado el funcionamiento de su sistema educativo a la normativa vigente en materia de educación superior, asegurando las condiciones para garantizar una oferta académica universitaria en sus áreas de competencia: Protección Marítima y Portuaria, Seguridad de la Navegación, Protección del Ambiente Marino y Seguridad Pública. De esta manera, en el IUSM se dictan carreras de pregrado, grado y posgrado a través de las Unidades Académicas que lo integran.
La puesta en marcha del Instituto se ha convertido, no solo en un ámbito para la formación e investigación en los campos ya mencionados, sino además, en un espacio para crear y difundir un estado de conciencia de los valores compartidos socialmente y sobre temas críticos para la comunidad en su conjunto.
El Instituto Universitario de Seguridad Marítima tiene como MISIÓN:
VISIÓN
VALORES
Respeto por el Factor Humano
Y por el potencial y posibilidades de los estudiantes para lograr un desarrollo equilibrado en su bagaje profesional y en el fortalecimiento de su ética personal en su doble rol: como ser humano solidario y como funcionario policial de una autoridad marítima Nacional.
Carácter Pionero y Sensible
A las transformaciones políticas y sociales que se operan en el mundo y en Argentina, de manera que pueda responder a las necesidades y requerimientos presentes en materia de conocimiento, investigación e igualdad de oportunidades, pero que también pueda desarrollar una capacidad institucional para contribuir a generar un futuro deseable para la institución y la comunidad en la que se inserta.
Actitud Flexible y Estable
Como institución que actúa en el tiempo y con proyección de futuro, con capacidad para reveerse y simultáneamente permanecer vigente y adecuarse a las nuevas exigencias políticas y normativas, innovando su estructura de funcionamiento sin perder su identidad, fines, propósitos, campo disciplinar y su organización esencial.
Actitud Participativa y Participante
Con valores democráticos, de solidaridad, cooperación y espíritu de liderazgo, abierto al trabajo en conjunto con los sectores públicos, privados y académicos.
El Instituto Universitario de Seguridad Marítima de la Prefectura Naval Argentina tiene como máximo órgano de gobierno a la Junta Directiva, estableciendo su sistema de gobierno conforme su propio régimen institucional, de acuerdo con los artículos 74° y 77° de la Ley N° 24.521/95, según Decreto N° 1389/02 del Poder Ejecutivo Nacional y el espíritu del Título IV, capítulos 1, 2, 3 y 4 de la Ley de Educación Superior.
La JUNTA DIRECTIVA es la máxima autoridad del Instituto Universitario de Seguridad Marítima, funciona como un Órgano Colegiado de Gobierno del mismo, presidida por el Prefecto Nacional Naval, o por el Subprefecto Nacional Naval, en caso de ausencia del primero y en su carácter de Vicepresidente, según lo establece el Artículo 12, Capítulo II, Título III del Estatuto del Instituto Universitario.
PRESIDENTE
Prefecto General MARIO RUBÉN FARINÓN
Prefecto Nacional Naval
VICEPRESIDENTE
Prefecto General JORGE RAÚL BONO
Subprefecto Nacional Naval
VOCALES
Prefecto General NORBERTO NELIO NINI
Director General de Seguridad de Prefectura Naval Argentina
Prefecto General HUGO RAÚL GARCÍA
Director General de Recursos Humanos y Desarrollo de la Prefectura Naval Argentina
Prefecto General MARCELO KUMMER
Director de Educación de la Prefectura Naval Argentina
Dos miembros del Ministerio de Seguridad de la Nación, designados por el/la Ministro/a.
Un representante del Ministerio de Educación de la Nación, propuesto por el/la Ministro/a de Educación, y ratificado por el/la Ministro/a de Seguridad.
Un representante de la Comunidad Académica-Científica de reconocida trayectoria en Seguridad, designado por el/la Ministro/a de Seguridad.
Mágister ENRIQUE ANDRÉS FONT
Rector del Instituto Universitario de Seguridad Marítima
Podrán participar de dicha Junta por expresa convocatoria de la misma: el Vicerrector, el Director General de Logística, los Directores del Personal; de Administración Financiera; del Material y de Planeamiento de la Prefectura Naval Argentina; y los Secretarios: Académico; de Posgrado y Educación Permanente; de Estudios e Investigaciones y cualquier otro miembro de la Comunidad Universitaria que fuese convocado.
RECTOR
Mag. ENRIQUE ANDRÉS FONT
VICERRECTOR
Abogado SERGIO GUSTAVO SILVA
SECRETARÍA ACADÉMICA
Lic. LAUTARO PEDOT
SECRETARÍA DE POSGRADO Y DE EDUCACIÓN PERMENENTE
Lic. NORA SUSANA SEGOVIA
SECRETARÍA DE ESTUDIOS E INVESTIGACIONES
Mag. PABLO EDGARDO MESA
SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO
Prefecto Principal ANDRES MARIA NIEVAS
SECRETARÍA DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
Lic. ANDREA RETAMAL HOFMANN
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS ESTUDIANTILES
Prefecto ALEJANDRA TISSIERES
En este espacio podrás encontrar toda la normativa, que regula el funcionamiento del Instituto Universitario de Seguridad Marítima.
Leyes y Decretos
DECRETO N°1389 del 02 de agosto de 2002 | Poder Ejecutivo Nacional
Se autoriza a la Prefectura Naval Argentina a la creación del Instituto Universitario de Seguridad Marítima. Publicado en el Boletín Oficial N°29956 del 06 de agosto de 2002.
LEY N° 26.286 del 22 de agosto de 2007 | Poder Ejecutivo Nacional
El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina sancionan con Fuerza de Ley, la Creación del Instituto Universitario de Seguridad Marítima (IUSM). Publicado en el Boletín Oficial N°31239 del 14 de septiembre de 2007.
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Resoluciones
ESTATUTO ACADÉMICO del 15 de mayo 2003 | MECYT
Aprobado por Resolución N°781 del 15 de mayo de 2003 por el entonces Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología. Publicado en el Boletín Oficial N° 30159 del 28 de mayo de 2003.
Reglamentos
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA
IUSM PNA 3-001
REGLAMENTO PARA LA ADMINISTRACIÓN DEL PERSONAL DOCENTE
IUSM PNA 3-002
NORMAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE HABERES CORRESPONDIENTES AL PERSONAL DOCENTE
IUSM PNA 3-003
REGLAMENTO ACADÉMICO
IUSM PNA 3-004
REGLAMENTO DE LICENCIAS, JUSTIFICACIONES Y FRANQUICIAS PARA EL PERSONAL DOCENTE
USM PNA 3-006
REGLAMENTO DE REVÁLIDA PARA EL PERSONAL DOCENTE
IUSM PNA 3-007